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Condena a aseguradora por negligencia médica por no diagnosticar Síndrome de Down

La Audiencia Provincial de Madrid condena a una aseguradora a pagar 450.000 euros por un seguimiento deficiente en un embarazo que ocasionó una falta de diagnóstico de Síndrome de Down del feto.

La Audiencia Provincial de Madrid confirma la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid que condenaba a una aseguradora por una negligencia médica cometida por un ginecólogo asegurado suyo y que fue la falta de diagnóstico de Síndrome de Down del feto que esperaba una paciente suya.

Así, se reprocha que el facultativo no hubiese tenido en cuenta las medidas apreciadas en una ecografía de TN y PN que delataban signos de alarma y no haber realizado un cribado combinado en el primer trimestre del embarazo que hubiese requerido a su vez la realización de una biopsia corial o amniocentesis para diagnosticar el Síndrome de Down y, de este modo, que su madre hubiese tenido la oportunidad de, en su caso, someterse a una Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Así, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia consideran un método eficaz para cribar cromosopatías el cribado combinado, tanto ecográfico como bioquímico, algo que, como ha quedado probado, no se hizo y que, además, fue minimizado por el facultativo en consulta.
Así pues, insistimos en la necesidad de que durante el embarazo se insista en la pertinencia de realizar pruebas diagnósticas para comprobar el estado del feto, dado que las primeras semanas de embarazo son cruciales y así está estipulado en los protocolos, es por ello por lo que la omisión o falla de las mismas puede ser constitutiva de una grave infracción de la Lex Artis

De este modo, si piensas que has podido ser víctima de una posible negligencia médica por parte de un ginecólogo, contacta con nosotros; como abogados especialistas en negligencias médicas queremos analizar tu caso y ayudarte a determinar si existe o no viabilidad para una posible reclamación en orden a hacer valer tus derechos en caso de que, efectivamente, se haya producido una práctica médica negligente.

Contacta con nosotros, queremos ayudarte.

En ESM reclamación sociosanitaria, contamos con un equipo de abogados especialistas en procedimientos de incapacidad permanente que te asesorarán e informarán de la opción más conveniente para tu caso y te acompañarán en todo el procedimiento para conseguir tu prestación de incapacidad permanente.


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